Inmigración

Un plan para abordar la situación de los refugiados Centroamericanos a corto plazo

Publicado el 5 de Mayo de 2016
FUENTE: AP/Eric Gay
Niños del Salvador y Guatemala se montan a un auto bus después de ser liberados de un centro de detención en Texas en 7 de julio del 2015

También ver: A Medium- and Long-Term Plan to Address the Central American Refugee Situation por Daniel Restrepo y Silva Mathema

Introducción y resumen

En el transcurso de la última media década, la violencia creciente y la pobreza sistémica en la región conocida como el Triángulo Norte de Centroamérica – cual incluye El Salvador, Honduras, y Guatemala – han empujado a miles de niños y familias a huir en busca de seguridad. Estos tres países son unos de los más peligrosos en el planeta, con altas tasas de homicidio y específicamente femicidio – la muerte violenta de mujeres por razones de género. La violencia, la corrupción, y la extorción desempañan un papel importante en la vida diaria.

Desde el 2014, más de 120.000 niños y otras 120.000 personas en unidades familiares de esta región han llegado a los Estados Unidos buscando protección. El flujo de estos individuos que buscan asilo alcanzo su nivel más alto en el año fiscal de 2014 antes de bajar, tal vez temporariamente, en el año fiscal de 2015. Este descenso ocurrió no a base de que las condiciones mejoraron en la región, si no que a causa de un esfuerzo sostenido por parte del gobierno estadounidense – con la ayuda de México y de los países del Triángulo Norte – para disuadir a las personas de tomar el viaje peligroso, o para interceptarlos en camino a los Estados Unidos. Este año, en el año fiscal de 2016, el número de niños y familias que llegan a los Estados Unidos ya han empezado a subir nuevamente a medida que las condiciones en la región continúan de deteriorándose.

Este informe establece recomendaciones del corto plazo para asegurar que todos aquellos que llegan a los Estados Unidos buscando asilo reciban una oportunidad completa y justa a la protección. Las recomendaciones están estructuradas para seguir el proceso por el cual pasan los niños y familias cuando buscan la protección: llegada a los Estados Unidos, determinación custodial y detención, y el proceso en las cortes de inmigración.

En el informe acompañante, el Center for American Progress establece una serie de recomendaciones de medio plazo, para crear un espacio seguro para los niños y familias que huyen de América Latina y para procesarlos como solicitantes de asilo y refugiados, y recomendaciones a largo plazo, para abordar las causas fundamentales de la violencia y la pobreza sistémica a las cuales se enfrentan los países del Triángulo Norte de Centroamérica. Juntos, estos dos informes establecen una estrategia comprensiva para afrontar el reto presentado por los refugiados que están llegando del Triángulo Norte.

Al llegar

  • Lo más pronto posible después de la aprehensión, cada persona debería recibir una presentación sobre sus derechos, por parte de una organización no gubernamental cualificada, u ONG.
  • El gobierno de los EE.UU. debe asegurar que las protecciones para niños sin acompañantes en la Ley de Reautorización de la Protección a las Víctimas de la Trata de Personas, o TVPRA (por sus siglas en ingles), permanezcan intactas.
  • Cada agencia de inmigración que trata con niños – desde el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU, la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración, y la Oficina de Reubicación de Refugiados – debe adoptar el principio de “en el mejor interés del niño” en todos los aspectos de la asistencia – desde la aprehensión, albergue, y liberación, hasta el procedimiento de inmigración. El Congreso de los EE.UU. debe codificar este principio en la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
  • El congreso debería dejar la responsabilidad del cuidado de los niños sin acompañantes con la Oficina de Reubicación de Refugiados, u ORR (por sus siglas en ingles).
    • El ORR debería hacer más para asegurar que los patrocinadores sean examinados a fondo antes de que los niños sean entregados a su cargo, y debe expandir los servicios posteriores para asegurar la seguridad de los niños luego de esa entrega.
    • El Congreso debe otorgar al ORR los recursos para conducir estas examinaciones antes de la entrega, y proveer servicios expandidos posteriores.

A lo largo de las determinaciones custodiales y durante la detención inmigratoria

  • La administración debería cerrar el South Texas Family Residential Center en Dilley, Texas, y el Karnes County Residential Center en Karnes City, Texas, y liberar a los niños y a las madres detenidos/as que no presentan una amenaza a la seguridad o un riesgo de vuelo que no puede ser mitigado de otra manera.
  • En vez de poner en repatriación acelerada a familias que han expresado miedo a retornar a sus países de origen, el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU, o DHS (por sus siglas en ingles), debería ponerlos en procedimientos formales para deportación – conocido como procedimiento 240 – que les permite presentar su caso para la protección en frente de un juez de inmigración.
  • La administración debería crear centros para el procesamiento a corto plazo de familias a su llegada, centros que funcionen más como albergues que como prisiones. Estos centros les darían a las familias la oportunidad de ubicarse en los Estados Unidos; asistir a sesiones de orientación legal y ponerse en contacto con abogados pro bono; y recibir atención médica y mental, al igual que otros cuidados necesarios.
    • El DHS debería también completar la verificación de antecedentes y seguridad inicial en estos centros y colocar a los individuales en procedimientos formales para la deportación en estos centros.
    • Solo si las familias presentan una amenaza a la seguridad o un riesgo de vuelo que no puede ser mitigado con una alternativa a la detención, así como la supervisión comunitaria o un brazalete de tobillo, el DHS debería liberar a estas personas de los centros de procesamiento a las 72 horas de aprehensión.
  • La respuesta predeterminada en lo que se refiere a la determinación custodial debería ser de dejar libres a los solicitantes de asilo mientras ellos esperan a los procedimientos inmigratorios, a menos que haya una razón específica para usar una alternativa a la detención o la detención misma. En esos casos, esas decisiones deberían usar el método menormente restrictivo de supervisión necesaria, y debería tomar en cuenta las circunstancias únicas de cada familia.

Durante los procedimientos de inmigración

  • El congreso debería aprobar rápidamente la Ley Fair Day in Court for Kids Act “Un Día Justo en la Corte para los Niños”, cual daría órdenes al fiscal general de EE.UU. a designar abogados para todos los niños y otras personas vulnerables – así como las personas discapacitadas y las víctimas de abuso o violencia – en procedimientos de inmigración.
  • La administración debería explorar negociaciones de resolución para resolver E.F.M. v. Holder – el caso en el cual los defensores están desafiando el fracaso del gobierno en designar abogados para niños en las cortes de inmigración – y/o adoptar una regla de representación legal designada para niños, la cual terminaría con este caso.
  • El Departamento de Justicia de EE.UU., o DOJ, debería designar defensores para los niños sin acompañantes en procedimientos de inmigración; actualmente, el gobierno no designa abogados salvo en casos extremos de traficación u otras circunstancias mitigantes. El congreso debería apropiar los fondos necesarios para este cambio.
  • El gobierno debería terminar su uso de “calendario acelerado” – juicios rápidos para los niños y familias buscando protección.
  • El congreso debería aumentar el personal y los recursos de las cortes de inmigración, las cuales se están rompiendo bajo el peso de casos pendientes y trabajo acumulado.

A corto plazo, el proveer una oportunidad de presentar su caso a favor de la protección de una manera completa y justa a aquellos individuos que huyen de la violencia asegurara que Estados Unidos cumpla con sus obligaciones morales y legales. Estas obligaciones empiezan el momento que una persona solicitando asilo llega a los Estados Unidos y continúa a través de las determinaciones custodiales y la detención, y a lo largo de los procedimientos en las cortes de inmigración.

Sin duda, todas las leyes de inmigración en los libros deben ser seguidas. Nada en este informe sugiere que si alguien pierde su caso después de recibir un proceso completo y justo – que incluye acceso a un abogado y la adjudicación apropiada – se le debería permitir permanecer en los Estados Unidos. Pero el país también tiene la obligación de asegurar que sus leyes de refugio sean seguidas – lo que significa asegurar el proceso adecuado para las personas que llegan a este país para solicitar protección.

En última instancia, sin embargo, estas correcciones de corto plazo no pueden abordar el asunto mayor: la violencia y la pobreza sistémica que plaga a los países del Triángulo Norte y fuerzan a los niños y familias a buscar seguridad en otros lugares. Hasta que los Estados Unidos, los países del Triángulo Norte, y las naciones a lo largo del Hemisferio Occidental aborden estas causas fundamentales, los niños y familias seguirán buscando protección en la frontera de los Estados Unidos y en otros países por toda la región.

Philip E. Wolgin es el director general del equipo de inmigración del Center for American Progress